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Anulan condena contra AyA

La Sala lV le da tiempo para que Acueductos y Alcantarillados se pueda defender.

Un error en el proceso de notificación cometido por la Sala Constitucional, anulo la reciente sentencia contra la Institución de Acueductos y Alcantarillados (AyA) en el cual se le había condenado por impedir el acceso a la información pública.

El recurso interpuesto por Sindicato de Trabajo de AyA, dieron un plazo de tres días para exponer su versión y defenderse de las acusaciones. La solicitud que se realizo en esos momento fue de forma incorrecta.

El 9 de octubre los magistrados respondieron a favor del sindicato, pero esta resolución fue anulada.

En ejercicio del derecho de respuesta o rectificación consagrado en la Constitución Política, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Ley de Jurisdicción Constitucional, en mi calidad de Gerente General del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, deseo rectificar ante el público las afirmaciones erróneas contenidas en la nota publicada por el medio CRHoy.com este 14 de octubre del 2020, titulada “Otra vez condenan al AyA: institución negó datos a Sala IV”. El titular y la premisa de la nota son falsos, pues en ningún momento el AyA ha negado información a la Sala Constitucional. En realidad, la institución no fue notificada del proceso en ningún momento, debido a un error en el correo utilizado por el Tribunal. La secretaría de la Sala había solicitado a mediados de setiembre la posición (defensa) del AyA al correo recepdocudivisionjuridica@ice.go.cr, cuando el que consta en la base de datos es notifjudiciales@aya.go.cr. Este error de trámite imposibilitó el derecho de defensa al AyA sobre el recurso de amparo presentado por el sindicato, provocando una indefensión.

Esto en última instancia llevó a la anulación de la sentencia mediante una nueva resolución del 13 de octubre (No 2020019650). El periodista no realizó la consulta a la institución sobre este tema, que en el momento de la publicación de la noticia se aprestaba a solicitar una aclaración a la Sala Constitucional por el error humano mencionado que había provocado la indefensión. Justamente, hoy mismo tras darse cuenta del error, la Sala Constitucional notificó oficialmente al AyA del recurso de amparo y de la anulación de la sentencia anterior, por lo que la institución dispone de 3 días de plazo para responder y rendir su informe sobre los hechos cuestionados.

Cabe resaltar que la institución ya remitió la información solicitada por el sindicato que originó el recurso de amparo, es decir, una certificación de los correos electrónicos oficiales a los cuales se deben enviar las peticiones de información y documentos de carácter institucional por parte de dicha organización sindical. Este es justamente uno de los elementos a considerar en la defensa de la causa que se hará ante la Sala Constitucional. Queremos recordar que la resolución anulada no tiene ninguna conexión con el voto N° 2020-016167 de finales de agosto de este año. El AyA y sus autoridades reiteran el compromiso con el acceso a la información pública.

Por último, respecto a la solicitud de entrevista sobre la denuncia que tramita la Fiscalía Agraria que se menciona al cierre de la nota, ya se había aclarado al periodista desde el 13 de agosto que no se puede ampliar la información porque el tema está bajo investigación preparatoria de dicha entidad.

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