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TSE se pronuncia tras decisión legislativa de no levantar la inmunidad al presidente Rodrigo Chaves

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) se pronunció luego de que la Asamblea Legislativa decidiera no levantar la inmunidad al presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, en el marco de las denuncias por presunta beligerancia política, a pocos meses del inicio del proceso electoral rumbo a las Elecciones Nacionales de 2026.

Mediante un comunicado oficial, el órgano electoral indicó que respeta la decisión adoptada por el Poder Legislativo, señalando que se trata de una determinación de carácter político que responde a valoraciones propias de ese ámbito, las cuales pueden considerar criterios de coyuntura y conveniencia, distintos a los análisis técnico-jurídicos que realizan los jueces electorales.

No obstante, el TSE destacó como positivo que durante el trámite legislativo —tanto en la admisión del caso en comisión como en el informe de mayoría, el criterio de Servicios Técnicos y la votación en el plenario— se haya ratificado expresamente la competencia del Tribunal para investigar y sancionar el ilícito de beligerancia política. Asimismo, se reafirmó su potestad para solicitar, cuando corresponda, el levantamiento de la inmunidad de funcionarios públicos denunciados.

El Tribunal explicó que, tras la decisión de la Asamblea Legislativa, el proceso sancionador por presunta beligerancia política contra el mandatario queda suspendido de manera temporal. Dicho procedimiento se reanudará una vez que el presidente Chaves Robles pierda su inmunidad constitucional, lo cual ocurrirá al finalizar su mandato el próximo 8 de mayo.

La beligerancia política es un ilícito que se configura cuando funcionarios públicos incumplen su deber constitucional y legal de imparcialidad político-partidaria. En caso de comprobarse, la sanción contempla la destitución del cargo y la inhabilitación para ejercer puestos públicos por un periodo de entre dos y cuatro años, conforme a lo establecido en el artículo 95, inciso 3, de la Constitución Política y el artículo 146 del Código Electoral.

La Sección Especializada del TSE solicitó el levantamiento de la inmunidad presidencial luego de declarar admisibles 15 denuncias por beligerancia política contra el presidente Chaves Robles, tras una investigación preliminar.

El Tribunal recordó que, al tratarse de un funcionario que goza de fuero constitucional, la normativa vigente establece que, previo al inicio de un procedimiento sancionatorio, es indispensable que la Asamblea Legislativa apruebe el levantamiento de la inmunidad por mayoría calificada, de conformidad con el artículo 102, inciso 5, de la Constitución Política y el artículo 270 del Código Electoral.

El pronunciamiento del TSE se da en un momento clave de cara al proceso electoral de 2026, reafirmando su rol como garante del respeto a la legalidad, la imparcialidad y las reglas democráticas en el ejercicio de la función pública

Fuente. Redacopm

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